¿Aguinaldo? Te contamos lo que debes saber y cuánto debes recibir

En México, los trabajadores tienen derecho a recibir aguinaldo desde 1970. El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo estipula que debe recibirse antes del 20 de diciembre de cada año y su monto debe equivaler a un mínimo de 15 días de salario, aunque puede recibirse hasta el 20 de enero, si se trata de trabajadores del Estado. 

El aguinaldo se da a los trabajadores que hayan laborado el año completo o sólo una parte de éste, según la Ley.

“El aguinaldo es una prestación de todo trabajador mexicano que reconoce su esfuerzo de todo el año; no obstante, muchas veces ese dinero se gasta en compras efímeras de la temporada. Lo ideal es usarlo con mayor conciencia, a fin de que una parte sirva como ahorro, inversión o previsión para la famosa cuesta de enero” advierte Luis Madrigal, director de Coru.com

¿Quién tiene derecho a recibir aguinaldo? 

Todos los empleados que cuenten con un contrato activo y que hayan laborado el año completo o una parte. El aguinaldo se paga ya sea si se trata de una contratación de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra, por tiempo determinado o por períodos eventuales. También aplica para los trabajadores que tienen un esquema de comisiones, agentes de comercio o seguros, vendedores y demás, mientras se rijan por la Ley Federal del Trabajo.  

¿Qué cantidad toca de aguinaldo? 

La Ley establece que el aguinaldo será lo equivalente a 15 días de salario como mínimo. En caso de no haber laborado el año completo, el patrón deberá otorgar la parte proporcional a los días trabajados, que puede calcularse de la siguiente forma:

Por ejemplo, si un empleado gana 10 mil pesos, entre 30 días, su sueldo diario es de 333.3 pesos.

En el ejemplo, ese empleado multiplicaría 333.3 (sueldo diario) por 15 (días) y el resultado es: 4,999.95 (es el monto del aguinaldo)

Siguiendo el ejemplo, suponiendo que este empleado entró a trabajar en junio; es decir laboró 214 días. Entonces debería multiplicar 333.3 (sueldo diario) por 15 (días), lo que da 4,999.95, entre 365 = 13.698, ahora multiplicar por 214 (el número de días que sí trabajó). El resultado, 2,931.7 es el monto proporcional de su aguinaldo.

¿Qué hacer si no pagan aguinaldo y sí correspondía? 

Si no se recibe la prestación, no es entregada a tiempo o no se de la parte que corresponde hay que ponerse en contacto con la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet), para levantar la queja correspondiente, esto a través del correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx y en los teléfonos 01 800 911 7877 o 01 800 717 2942. La Profedet tiene 47 oficinas foráneas en la República:

(https://www.gob.mx/profedet/articulos/procuradurias-foraneas). 

En la CDMX tiene oficinas en Dr. José María Vértiz 211, Doctores. Hay que recordar que para proceder con la queja sólo se cuenta con un año a partir de que sucede el evento.

Recomendaciones para usar el aguinaldo

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