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Autoridades están obligadas a responder peticiones hechas en redes sociales: SCJN

Tras analizar la evolución que ha tenido el derecho de petición, la Primera Sala de la Suprema Corte determinó que la petición hecha a través de redes sociales a alguna autoridad debe de ser respondida, aun cuando la autoridad no haya previsto institucionalmente y dentro de la normatividad que regula su actuación a esa plataforma como una opción para dar respuesta a peticiones.

La controversia dio inicio cuando un usuario de Twitter en Guadalajara formuló tres peticiones al Ayuntamiento de Guadalajara y ante la falta de respuesta interpuso un amparo indirecto, argumentando la autoridad jalisciense que no se trataba de peticiones de carácter formal.

https://x.com/SCJN/status/1620941348663877632?t=wSZbxnVBGy2eumDqF9L3kQ&s=08

No obstante, el Juez de distrito había negado el amparo, por lo cual se interpuso la revisión, a lo cual la Primera Sala del máximo tribunal resolvió en el sentido de que dichas peticiones deben ser respondidas sin cumplen con lo previsto en el artículo 8 Constitucional (es decir que sean de forma pacífica y respetuosa).

Para que esto sea posible es necesario considerar que:

a) la respectiva autoridad sea titular de la cuenta a la que se formulan tales peticiones;
b) dicha autoridad haya habilitado normativa o institucionalmente el uso de esa red social como parte del ejercicio de su actuar oficial, aún si ello ocurre a partir de la práctica cotidiana;
c) existan indicios de que el uso que esa autoridad da a la plataforma es el de captar y, en su caso, responder peticiones, entre otros fines, y no sólo un uso mediático o de simple diálogo con los particulares y,
d) lo externado por el particular implique una genuina petición, más allá de un comentario u opinión.

No es la primera vez que la Corte se pronuncia sobre el uso de las redes sociales cuando en marzo de 2019 resolvió que bloquear usuarios en sus redes sociales vulneraba el derecho a la información.

Todo indica que en ambas resoluciones los ministros han considerado que si los funcionarios públicos están utilizando sus redes sociales como un medio para difundir información gubernamental , se debe entender que entonces es un canal de comunicación válido.

Violeta Barbosa V.

Doctora en Derecho por la UMSH. Mamá, esposa, profesionista. Disfruto cada día y me siento profundamente comprometida con mi entorno.

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