Quadri estaría imposibilitado para competir por candidatura presidencial del Frente Amplio por México

Pese a su intención de competir por la candidatura presidencial del Frente Amplio por México para 2024, Gabriel Quadri de la Torre podría estar impedido de participar en la elección del aspirante de esa coalición debido a que está inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres por Razón de Género, por haber ejercido diferentes tipos de violencia contra una diputada federal.

El Comité Organizador del Frente Amplio por México determinó que los aspirantes a la candidatura presidencial deberán registrarse entre el 4 y al 9 de julio de 2023 y cumplir, entre otros requisitos, con el de “3 de 3 contra la violencia” mismo que el diputado federal por el PAN podría incumplir.

Los hechos

De acuerdo con la Sala Especializada Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, entre el 2 de diciembre de 2021 y el 20 de febrero de 2022, así como entre el 21 de marzo y primero de abril de 2022, Quadri de la Torre emitió un total de catorce mensajes en su cuenta de Twitter (@g_quadri), a través de los cuales se acreditó la existencia de Violencia Política de Género (VPG) en contra de la diputada federal Salma Luévano Luna y existió singularidad de la falta, al tratarse de una sola conducta consistente en VPG.

Por estos motivos, la Sala Especializada Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación estimó, el 14 de diciembre de 2022, que los mensajes emitidos por Quadri configuraron diferentes tipos de violencia, tales como simbólica, psicológica, sexual y digital, por lo que se concluyó la actualización de VPG en contra de la diputada. En atención a ello, y a partir de las interacciones, los efectos de dichos actos constituyeron una falta de peligro y de resultado.

“Lo primero, es decir ‘de peligro’ porque, a partir de su carácter como servidor público, el diputado federal tenía el deber especial, así como la obligación de respetar la debida diligencia para prevenir y eliminar la violencia, así como la obligación de no reproducir estereotipos estigmatizantes de carácter discriminatorios, por lo que su actuación pudo generar o agravar situaciones de violencia o discriminación. Incluso, dichos mensajes pusieron en riesgo los principios democráticos como la inclusión, la tolerancia, el respeto y la diversidad sexual. Mientras que lo segundo, o de resultado, se actualizó a partir de lo resuelto en las sentencias, en las cuales se determinó que el denunciado había cometido VPG, lo que tuvo como consecuencia menoscabar o anular los derechos político-electorales de las mujeres transgénero”, dictaminó el Tribunal en su sentencia.

Además, la Sala Especializada señaló que la conducta fue intencional, porque, a partir de la sentencia de rubro SRE-PSC-50/2022, se determinó que el infractor sí tuvo como propósito disminuir el legítimo ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres transgénero, así como los de la diputada federal. Los mensajes denunciados, describió la sala responsable, fueron emitidos en una red social, se observa un lenguaje discriminatorio con la intención de menoscabar los derechos político-electorales de este grupo en situación de vulnerabilidad.

Por las razones expuestas por el Tribunal, Quadri de la Torre deberá permanecer en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género por un plazo de dos años con nueve meses, computándose de manera retroactiva, a partir del momento en que se determinó su responsabilidad. Por ello, Quadri permanecerá en ese Registro hasta después de 2024, año en el que se realizará la elección presidencial.

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