REPUVE no es un medicamento, ni la nueva tendencia de influencers… es el Registro Público Vehícular.
Este registro tiene la función de crear una base de datos nacional para la identificación y control de los vehículos.
Con este registro se busca dar seguridad jurídica cuando compras o vendes y auto. Puedes identificar si un auto tiene reporte de robo o ha participado en un delito. Esto ayuda a las labores de seguridad pública.
¿Quién es el responsable del REPUVE?
El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública es la dependencia del gobierno federal encargada de operar, regular y mantener el Registro conforme a la Ley del REPUVE y su Reglamento.
¿Cuánto cuesta inscribirse en el REPUVE?
Nada. La ley de de este registro, en su artículo sexto indica que “la inscripción de vehículos, la presentación de avisos y las consultas en el Registro serán gratuitos”.
¿Quién proporciona la información de los vehículos al REPUVE?
Los gobiernos y las empresas que fabrican, importan o ensamblan un coche son las responsables de proporcionar y capturar la información de cada vehículo.
Las empresas automotrices deben de presentar inscribir los vehículos nuevos y los avisos correspondientes.
¿Qué información se reporta al REPUVE?
Las autoridades federales, las entidades federativas y los sujetos obligados por la Ley del REPUVE capturan la siguiente información;
- El número de identificación vehicular que indica la Ley.
- Las características esenciales del vehículo;
- Los datos y avisos que aporten las autoridades federales y los estados.
¿Cómo se inscribe un vehículo al REPUVE?
En el caso de vehículos nuevos (facturados en 4 de marzo de 2008 a la fecha), el ensamblador, fabricante o importador es responsable de la inscripción del vehículo.
Para el caso de los autos usados, es responsabilidad de las oficinas de control vehicular de cada estado realizar dicha inscripción.
Si tienes un coche de modelo 2008 o anterior y actualmente no está inscrito en el REPUVE hay que acudir a la concesionaria donde se compró la unidad y solicitar que se haga la inscripción.
¿Qué es el Número de Identificación Vehicular (NIV)?
Es un número de siete dígitos y letras, diecisiete caracteres alfanuméricos, que identifican a los vehículos de modelos posteriores al año 1998.
Se encuentra normalmente en la parte superior del tablero del vehiculo o en el marco de las puertas, generalmente en el lado del chofer.
En los modelos anteriores al año 1998 a este número se le conocía como serie y es más común que se encuentre localizado en la puerta izquierda del vehículo.
¿Qué información puedes consultar en el Registro?
Cualquier que ingrese al portal web del REPUVE puede hacer consultas. Hay que ingresar el número de placa o NIV para conocer:
- Caracteristicas generales del vehículo.
- Información sobre el emplacarmiento.
- Consulta del estatus legal (robo o recuperación del vehículo).
Solo las Procuradurías o Fiscalías pueden actualizar la información de vehículos robados y recuperados.
¿Qué es la Constancia de Inscripción?
Es el famoso chip. La Constancia de Inscripción, de acuerdo con el Artículo 18 del Reglamento de la Ley del REPUVE, es una calcomanía con un dispositivo electrónico que acreditará el registro del vehículo. No debe retirarse del coche.
Las autoridades del Secretariado Ejecutivo define el formato, las características físicas y técnicas, y el lugar de colocación de la Constancia de Inscripción.
¿Cómo y cuándo se coloca la constancia de inscripción a mi vehículo?
No te apures. Los responsables son los fabricantes, importadores o ensambladores de vehículos nuevos.
Ellos deberán grabar y pegar las constancias de inscripción a los vehículos que ensamblen, fabriquen o importen y que estén destinados a permanecer en territorio nacional.
Los gobiernos estatales o dependencias federales serán las responsables del grabado y colocación de la constancia de inscripción para vehículos usados con parabrisas y todo aquel vehículo nuevo, que por las características propias de producción y carrozado, no permita o cuente con la instalación de ésta por parte del ensamblador o importador.
Cada una de las entidades federativas decidirá en qué momento llevará a cabo este proceso.
¿Qué es el Número de Constancia de Inscripción (NCI)?
Este número son 8 caracteres alfanuméricos asignados como resultado a la inscripción de un vehículo en el Registro Público Vehicular.
¿Qué pasará si se daña o hay que cambiar el parabrisas?
Intenta conservar esa parte del parabrisas y acude a la oficina de control vehicular del estado para solicitar la reposición de la misma.
Cada gobierno estatal establece los mecanismos a seguir para la obtención o reposición de la constancia de inscripción. Este trámite también es gratis.
¿Qué pasa si no tienes el chip?
El reglamento de tránsito para el estado de Querétaro, en su artículo 91 establece que los vehículos que circulen en Querétaro deben tener el “chip y/o holograma y/o constancia de inscripción al Registro Público Vehicular adherida en el cristal delantero del vehículo”.
Si tu coche no tiene el famoso chip te puedes llevar una multa de 5 a 10 veces de la Unidad de Medida y Actualización. Esto equivale a pagar entre $2,171.4 y $3,257.1 pesos pues el valor de la UMA para este año es de $108.57 pesos. También se aplica una penalización de 1 punto en la licencia para conducir.
O sea que los elementos de tránsito están facultados para detenerte si aprecian que no tienes el famoso chip del REPUVE y levantarte una multa por la falta al reglamento.
¿Cómo hacer el trámite en Querétaro?
En la capital de Querétaro las oficinas de control vehicular corresponden al Gobierno del Estado de Querétaro.
Están en el Auditorio Josefa Ortiz de Domíngez. En el estacionamiento del lado A, al fondo, cerca de las canchas de frontón.
Estas oficinas atienden de lunes a viernes, de 8:00 de la mañana a 4:00 de la tarde.
Atienden conforme vayan llegando los usuarios, no hay cita, pero conviene llegar temprano porque en promedio se atienden entre 120 y 150 personas por día.
Para registrar tu vehículo en Repuve y obtener tu holograma, existen los siguientes requisitos:
- Factura Original, Carta Factura o Pedimento de Importación, según sea el caso
- Tarjeta de Circulación del Estado de Querétaro
- Identificación Oficial del Conductor
- Comprobante de Domicilio del propietario