Fue suspendida la aplicación de la Ley Federal de Remuneraciones, conocida popularmente como Ley de reducción salarial al establecer que nadie puede ganar más que el presidente.
La suspensión fue otorgada ante la acción de inconstitucionalidad que fue promovida por una minoría del Senado. ¿Qué significa? Que algunos legisladores, consideraron que dicha ley es contraria a la Constitución y por lo tanto debía de ser estudiada por la Suprema Corte.
Esto no quiere decir que se haya declarado invalida la ley, simplemente que para que se preserve la materia del juicio no se podrá aplicar de manera obligatoria, en tanto no sea resuelto el asunto de manera definitiva por el máximo Tribunal.
Los legisladores, si así lo deciden y de propia voluntad podrán hacer el ajuste a sus salarios acorde a lo dispuesto en la Ley para no ganar más que el presidente. Tendrían que dictaminar al respecto. No obstante la suspensión está vigente hasta que se resuelva el juicio de acción de inconstitucionalidad.
Esta acción, solo es una más a la lista desbandada de instrumentos de impugnación que se han presentado ante el Poder Judicial Federal, entre los que destaca el de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, que en su escrito solicitó a la Suprema Corte declarar la invalidez de los artículos 5, 6, 7, 8, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 de la referida Ley, así como los diversos 217 Bis y 217 Ter del Código Penal Federal, adicionados en el mismo Decreto combatido y de manera adicional, la CNDH pidió a la SCJN que, de oficio, revise el procedimiento legislativo que dio origen a la normativa impugnada.
A nivel internacional también ha habido pronunciamientos en contra sobre la citada Ley. Ejemplo de ello es la “Declaración de la Asociación Latinoamericana de Jueces del Trabajo (ALJT) relativa ante los atentados contra la independencia judicial en México, que substancialmente señala que con la Ley de Remuneraciones y las reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación propuestas se vulnera la independencia judicial.
Considera que se violentan derechos como la irreductibilidad salarial y la intangibilidad para las mayorías políticas coyunturales de las remuneraciones de los jueces.