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Ordena INE retirar 7 mañaneras de AMLO por hablar de elecciones

El Instituto Nacional Electoral ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador “modificar o eliminar” siete conferencias “matutinas”mañaneras, en las que hizo comentarios sobre el actual proceso electoral y propaganda gubernamental.

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE señaló que otorgó tres medidas cautelares solicitadas por partidos políticos en contra de trabajadores del servicio público, “por la presunta vulneración a los principios de neutralidad e imparcialidad”.

En un primer asunto, el Partido de la Revolución Democrática (PRD) denunció a López Obrador por las manifestaciones realizadas en la conferencia de prensa matutina celebrada el 2 de febrero.

Mientras que en otro, el Partido Acción Nacional (PAN) denunció también al presidente y al Secretario del Trabajo y Previsión Social, Baruch Bolaños, por las expresiones hechas durante las conferencias matutinas de los días 6, 7, 8 y 9 de febrero.

El INE señaló que en este asunto, “ambos partidos denunciaron la presunta difusión de actos de gobierno celebrados en Puebla y Tlaxcala el 3 de marzo y las manifestaciones realizadas en las conferencias matutinas de los días 4, 5 y 6 de marzo”.

La Comisión resolvió procedente el dictado de las medidas cautelares solicitadas porque, de una óptica preliminar, advirtió que las expresiones realizadas durante las conferencias matutinas celebradas los días 2, 6, 7, 8 y 9 de febrero “podrían vulnerar los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad del proceso electoral en curso, al ser de índole electoral.

Ante ellos le ordenó al presidente López Obrador que “realice las acciones y gestiones necesarias para eliminar o modificar los archivos de audio, audiovisuales y versiones estenográficas denunciadas”.

El procedimiento vinculado con la mañanera del 2 de febrero se aprobó por mayoría de votos.

La Comisión de Quejas y Denuncias consideró oportuno reiterar a López Obrador que “debe abstenerse, bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones, o señalamientos sobre temas electorales, ya sea de forma positiva o negativa”.

“Cuidando que su actuar se encuentre ajustado a los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad, así como de difundir propaganda gubernamental distinta a la exceptuada por el artículo 41 Constitucional, Base III, apartado C, y 21 de la Ley General de Comunicación Social”, expuso el INE.

Con información de Contra Réplica.

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