SCJN refuerza el principio del interés superior de la niñez en casos de discapacidad
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a propuesta de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, resolvió por unanimidad un amparo directo en revisión en el que estableció que el interés superior de la niñez debe intensificarse cuando la persona menor de edad cuenta con alguna discapacidad.
El caso analizado correspondió a una sentencia que ordenaba la entrega y desocupación de un inmueble habitado por un menor diagnosticado dentro del espectro autista y su madre.
En su ponencia, Esquivel Mossa explicó que los jueces deben resolver este tipo de asuntos con perspectivas de infancia, adolescencia, discapacidad y género, al tratarse de personas en condición de vulnerabilidad social y jurídica.
“Si la entrega de un bien inmueble puede vulnerar el derecho alimentario, en especial el derecho a la habitación de una persona menor de edad con discapacidad, debe atenderse al interés superior de la infancia intensificado”, puntualizó.
El fallo también establece que, aun cuando un juicio civil no esté relacionado directamente con el derecho de alimentos, el juzgador debe evaluar cómo la resolución puede afectar ese derecho y qué medidas deben adoptarse para protegerlo.
El criterio aprobado por la SCJN fortalece la protección judicial de niñas, niños y adolescentes con discapacidad en procedimientos civiles, reconociendo su derecho a la vivienda, a la inclusión y a la igualdad de condiciones frente a la ley.







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