Lanzan nuevo reglamento más estricto para empresas de seguridad privada en Querétaro
El gobierno estatal de Querétaro renovó su Reglamento de la Ley de Seguridad en Materia de Prestación de Servicios de Seguridad Privada, el cual ahora establece medidas más estrictas para la operatividad de estas empresas.
A diferencia del reglamento anterior, que no había sido reformado desde el 2005, el nuevo documento incluye multas superiores a las 2 mil 680 UMAS —unos 314 mil pesos — por incumplir con los lineamientos, además de otras sanciones contempladas previamente como clausuras por seis meses, suspensiones por hasta diez meses y revocación permanente de permisos, tanto a las empresas como a sus trabajadores y establecimientos donde brinden el servicio.
Según el reglamento, publicado en el periódico oficial “La Sombra de Arteaga”, las empresas de seguridad privada estarán obligadas a obtener una autorización anual por parte de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, así como credencializar, capacitar y certificar a sus trabajadores.
Además, entre las novedades, se incluye la carta de antecedentes no penales por parte de los dueños o apoderados legales como requisito obligatorio para obtener la autorización. En el caso de los trabajadores —vigilantes, guardias, escoltas—, deberán acreditar el no haber cometido delitos dolosos, y su autorización se renovará cada dos años.
El nuevo reglamento contempla seis modalidades para la prestación de servicios de seguridad privada: para personas, para bienes, para eventos masivos, para traslado de bienes o valores, para sistemas de prevención y responsabilidades, y actividades vinculadas con servicios de seguridad privada —como colocación de blindaje en vehículos, cámaras de seguridad, venta de chalecos blindados, etc.—.
Las empresas del gremio estarán obligadas a reportar cualquier tipo de incidente en materia de seguridad a las autoridades; además, no podrán utilizar nombres, eslóganes o logotipos que se relacionen con la policía o cualquier otra corporación de seguridad pública.
En cuanto a las atribuciones de la SSC, estará facultada para realizar inspecciones periódicas, tanto al prestador como a sus trabajadores; además, contará con un registro de prestadores de servicios, el cual publicará cada mes en sus redes sociales para informar a la ciudadanía sobre las empresas autorizadas.
Cabe mencionar que este nuevo reglamento forma parte de la armonización de las leyes locales con la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que entró en vigor en julio de 2025.



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