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Las deudas después de la muerte

¿Qué pasa con el Buró de crédito y las deudas de alguien que fallece?, tu historial crediticio se reporta mes con mes por medio del Buró de Crédito o el Círculo de Crédito, las únicas dos sociedades autorizadas para hacerlo en México. ¿Cómo sabes cuánto afectará a los vivos tu deuda al banco?

Lo primero que tienes que saber es que cada banco o entidad financiera tiene sus procesos en caso de fallecer el titular de la cuenta, sin embargo hay algunas generalidades que no están de más por conocer:

Cancelar las tarjetas de crédito de un fallecido, las instituciones financieras están obligada a cancelar una tarjeta de crédito cuando el titular fallece, además eliminan la deuda. No sucederá en el caso de las tarjetas departamentales. Un adeudo generalmente desaparece por dos razones: 1) el tarjetahabiente adquiere un seguro al momento de contratar la tarjeta que ampara la deuda en caso de fallecimiento; 2) el banco condona la deuda en la línea de crédito cuando el titular fallece.

En ambos casos los familiares no tienen la obligación de cubrir la deuda que había en la cuenta al momento del fallecimiento, pero sí de notificar en los siguientes 180 días el deceso del interesado. Dile a tu “pioresnada” o a tus vivos, que deudas no les dejas, pero que no se pasen de listos, porque en caso de cargos posteriores a la defunción, sí deberán pagarse; aplica en tarjeta titular o adicionales.

¿Qué pasa con los adeudos y el buró de crédito de alguien de un fallecido? Cuando algún tarjetahabiente o deudor muere, el banco o financiera emite un aviso al Buró de Crédito, y éste, a su vez, pone una ‘clave de observación’ en el registro de esa persona para que no se haga mal uso de la información, por ejemplo, en el caso de suplantación de identidad.

¿Cuándo afectan las deudas de los muertos a los vivos? En el caso de créditos mancomunados con aval, obligado solidario, crédito de grupo o similar, el adeudo aparecerá del historial crediticio de todos los que son co-dueños y corresponsables del pago, según explica  Wolfgang Erhardt Varela, vocero del Buró de Crédito. Esto significa que cuando alguien muere, y era un mal pagador, el historial negativo se verá reflejado en todos los co-dueños de ese crédito, para más detalles sobre esto, puedes contactar ayuda en Coru.com

Por otro lado, si el crédito que tuvo la persona en vida es de un bien que se puede heredar, el contrato del crédito sí puede afectar, para bien o mal, al heredero.

La principal recomendación es conocer de antemano los contratos en el apartado de seguros por muerte, también llamados de Liberación de saldos por fallecimiento, Régimen del saldo por fallecimiento, Seguros sobre saldos o Liberación de saldo insoluto.

Además, en caso de haberse vuelto a casar y/o cambiar de beneficiarios legales, es necesario actualizar los datos en bancos y entidades crediticias correspondientes, para que así, la deuda no pase a personas con quienes ya no se tiene relación.

 

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