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Nacional

SCJN invalida delito de ciberasedio en Puebla por ambigüedad

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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 480 del Código Penal del Estado de Puebla, al considerar que el delito de ciberasedio estaba definido con términos ambiguos que vulneran el principio de legalidad en materia penal.

La resolución se dio tras el análisis de Ministras y Ministros sobre la validez de dicha norma, al concluir que no establecía con claridad las conductas sancionables, lo que impedía garantizar certeza jurídica.

Durante la discusión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa señaló que los verbos utilizados en el tipo penal resultaban imprecisos, lo que abría la posibilidad de interpretaciones amplias.

Explicó que términos como “vigilar”, “hostigar”, “intimidar” u “ofender” no delimitaban con precisión las conductas delictivas. En ese sentido, advirtió que incluso acciones como la búsqueda de información podrían encuadrarse de forma indebida en el delito.

En materia penal, indicó, no basta con que una norma sea comprensible en términos generales, sino que debe permitir identificar con claridad qué conductas específicas pueden ser sancionadas.

No habrá vacío legal

La ministra también sostuvo que la invalidez del artículo no implica la ausencia de mecanismos para sancionar conductas relacionadas con el uso de tecnologías.

“El Código Penal del Estado de Puebla ya prevé diversos delitos cometidos mediante tecnologías de la información”, señaló, al referirse a figuras como la usurpación de identidad, la falsificación de documentos digitales, el espionaje digital o el chantaje de menores con fines sexuales.

El fallo de la SCJN se sustenta en el principio de legalidad, que exige que los delitos estén definidos de manera clara y precisa para evitar interpretaciones arbitrarias por parte de las autoridades.

Este criterio forma parte de los estándares constitucionales que rigen el derecho penal en México, en los que se establece que ninguna persona puede ser sancionada por conductas que no estén previamente descritas de forma inequívoca en la ley.

La decisión se da en un contexto de discusión sobre la regulación de conductas en entornos digitales, donde distintas entidades han impulsado reformas para tipificar nuevas formas de violencia, lo que ha abierto debates sobre sus alcances y precisión jurídica.

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